¿ES OBLIGATORIO PARA EL TRABAJADOR PREAVISAR CON 15 DIAS DE ANTELACION ANTES DE DEJAR EL EMPLEO?
- Jennifer Luengo

- hace 1 día
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La respuesta corta es que sí, la empresa puede realizar un descuento económico en tu liquidación final (finiquito) si no cumples con el plazo de preaviso legal o convencionalmente establecido al presentar tu baja voluntaria. Sin embargo, es fundamental precisar la naturaleza jurídica de este descuento para entender cómo y por qué se aplica.

1. La obligación de preaviso en la baja voluntaria
El contrato de trabajo puede extinguirse por la voluntad unilateral del trabajador, lo que se conoce como dimisión o baja voluntaria. Esta facultad está regulada en el Artículo 49.1.d) del Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que debe mediar el preaviso que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
La finalidad de este preaviso no es otra que proteger los intereses de la empresa, permitiéndole organizar la sustitución del trabajador o adoptar las medidas necesarias para evitar perjuicios en su actividad productiva ante una ruptura intempestiva de la relación laboral. Así lo ha subrayado la jurisprudencia, como en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía 20692/2025, donde se indica que el preaviso tiene una finalidad tuitiva de los intereses del empleador basada en las exigencias de la buena fe contractual.
2. Consecuencias del incumplimiento: ¿Sanción o indemnización?
Es importante distinguir entre una "sanción económica" (prohibida con carácter general en el ámbito laboral como multa de haber) y una indemnización por daños y perjuicios.
Cuando un trabajador no respeta el plazo de preaviso, incurre en un incumplimiento contractual. La consecuencia de este incumplimiento es el derecho de la empresa a ser resarcida por los perjuicios causados. En la práctica, este resarcimiento se articula mediante un descuento en el documento de liquidación, saldo y finiquito.
La jurisprudencia es clara al respecto. Por ejemplo, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias 1673/2025 establece que:
El cumplimiento del preaviso exime al trabajador de indemnizar al empresario.
La ausencia de preaviso, o su cumplimiento parcial, da lugar a una indemnización de daños y perjuicios a favor del empresario.
Dicha indemnización suele cuantificarse en la reducción de la liquidación en una cuantía equivalente a los días de salario no preavisados.
3. Cuantía del descuento según el Convenio Colectivo
La cantidad exacta que la empresa puede detraer de tu finiquito dependerá de lo que establezca el Convenio Colectivo aplicable a tu sector o empresa. La mayoría de los convenios fijan una penalización proporcional a los días de retraso en el aviso.
Basándonos en la normativa y criterios reguladores, podemos encontrar diferentes supuestos:
Regla general: El descuento suele ser de un día de salario por cada día de preaviso omitido. Así se recoge en numerosos textos reguladores (ej. Convenio Colectivo de Farmacias, citado en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía 2779/2007).
Penalizaciones agravadas: Algunos convenios establecen que el descuento puede ser superior, por ejemplo, de dos días de salario por cada día de retraso, como ocurre en ciertos sectores educativos o de servicios.
Conceptos sobre los que se aplica: El descuento puede afectar a cualquier concepto de la liquidación (salarios devengados, parte proporcional de pagas extras o vacaciones no disfrutadas), hasta cubrir el importe de la indemnización debida.
4. Casos en los que NO es exigible el preaviso
Existen situaciones excepcionales en las que el trabajador puede extinguir el contrato de forma voluntaria sin necesidad de preavisar y sin que la empresa pueda descontar cantidad alguna:
Incumplimiento grave del empresario: Si solicitas la extinción del contrato basada en causas justas (como falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario), según el Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, no solo no tienes que preavisar, sino que tienes derecho a la indemnización prevista para el despido improcedente.
Periodo de prueba: Durante el periodo de prueba, ambas partes pueden rescindir el contrato de forma libre y sin preaviso, salvo que se haya pactado lo contrario.
Víctimas de violencia de género o sexual: La persona trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto por esta causa tiene derecho a la extinción sin que se le exijan responsabilidades por falta de preaviso.
5. Resumen y recomendación práctica
Si decides marcharte de la empresa sin dar los 15 días de preaviso (o el plazo que marque tu convenio, que en algunos casos de técnicos o directivos puede ser de 1 o 3 meses), la empresa procederá legalmente a descontar de tu finiquito los días que falten.
¿Qué debes revisar?
Tu Convenio Colectivo: Es la norma que define cuántos días de preaviso debes dar y cuál es la "multa" exacta por no hacerlo.
Tu contrato de trabajo: A veces se pactan plazos de preaviso superiores a los del convenio (especialmente en puestos de responsabilidad). El Tribunal Supremo, en la sentencia 701/2026, ha validado pactos de preaviso de hasta 3 meses si son razonables y no abusivos.
El finiquito: Asegúrate de que el cálculo del descuento sea correcto (solo por los días naturales de retraso y sobre el salario diario base más prorratas).




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